Reformas normativas
REFORMAS NORMATIVA
El 2020 nos trajo una serie de reformas por parte de la DGT y en 2021 se van a poner en marcha al completo, ya que por la “pandemónium Covid 19” que todos conocemos, todo se paralizó. Así que, en el 2021, toca ponerse serios. Veamos:
CARNET POR PUNTOS:
Como ya sonaban campanas, el manejar el móvil mientras conduces, conllevará la pérdida de nada más y nada menos que 6 puntos, ya que se considera una infracción que provoca infinidad de accidentes por alcance y salidas de la vía. Antes eran 3 puntos pero se ha decidido endurecer la sanción.
4 puntos se nos retirarán si viajamos sin cinturón de seguridad, asco o el sistema de retención infantil (antes eran 3 puntos).
Se sancionará el llevar un detector de radares con 500€ y la pérdida de 3 puntos.
Pero no todo son malas noticias…también se podrán recuperar 2 puntos mediante la realización de cursos de conducción segura. Estos cursos son certificados por la DGT.
Y, para recuperar tus puntos de nuevo, se establece un plazo de 2 años siendo buena o buen conduct@r, sin cometer infracciones para así poder recuperar el saldo inicial de puntos (independientemente de la gravedad de la infracción).
LíMITES DE VELOCIDAD EN ADELANTAMIENTOS:
Ya no es posible rebasar en 20 km/h cuando los turismos y motocicletas adelanten a otros vehículos.
REDUCCIÓN DE LA VELOCIDAD MÁXIMA EN CIUDAD:
Las calles que tengan únicamente una plataforma de calzada y acera se limita la limitación a 20 km/h.
Las vías con un solo carril por sentido se podrá circular hasta 30 km/h. Hay que tener en cuenta que los ayuntamientos podrán subirla hasta 50km/h, eso sí, siempre señalizado.
El resto se queda como está, a 50km/h.
REGULACIÓN DE LOS VEHíCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
Su definición es: “Vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos, con una velocidad de 6 a 25 km/h y solo podrán tener un asiento.”
Estos vehículos tendrán que tener un certificado de circulación para poder ser utilizados por la vía pública. Este certificado se pedirá a partir de 2 años desde la publicación en el BOE que fue el 2 de enero de 2021.
Y no, no se puede ir por las aceras ni por las zonas peatonales, ni tampoco por
túneles, travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías (aunque estas sean en poblado).
ACCESO AL PERMISO DE CONDUCCIÓN:
Si quieres conducir un camión debes de saber que la edad mínima exigible es 18 años (antes 21 años) y aprobar el CAP (Certificado de Aptitud Profesional) que son 280h horas.
Si lo tuyo son los autocares puedes conducirlos sin pasajeros con 18 años y a partir de los 21 años, ya con el CAP en tus manos, puedes llevar pasajeros.
¿mola eh? 😉
EXAMENES:
Para sacarte el permiso de moto tenemos que tener en cuenta que los alumnos tendrán que llevar sus propios equipos de protección para las pruebas de destreza y circulación (casco, guantes, pantalón con protecciones, interfonos, etc.)
Y se sancionará como infracción muy grave si te pillan utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados en tu examen. Sanciones de 500€ y castigo de no poder presentarte de nuevo en 6 meses. Así que… ¡ojito!